Los vehículos de movilidad personal son vehículos de una o más ruedas dotados de una única plaza y propulsado exclusivamente por motores eléctricos con una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 km/h.
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A partir del 22 de enero de 2027, todos los VMP necesitarán un certificado de circulación que acredite que cumplen con los requisitos técnicos según lo dispuesto en el Manual de Características de los Vehículos de Movilidad Personal y a partir del 22 de enero de 2024 para los nuevos VMP que se comercialicen.
Deberán disponer de un marcaje de fábrica único, permanente, legible y visible e indicar la velocidad máxima, número de serie, número de certificado, año de construcción, marca, modelo y porta-identificador, además de:
Además, sobre los VMP para transporte de mercancías u otros servicios: